>México.- No obstante que el salario constituye la base para determinar las aportaciones que los trabajadores hacen al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el monto de la pensión que recibirán al momento de la jubilación pocos se interesan en este asunto.
Alguna vez se ha preguntado ¿por qué el salario que aparece en la hoja de registro ante el IMSS es diferente al que percibe?
Generalmente cuando se habla de salario, únicamente se toma en cuenta el dinero que el patrón paga semanal o quincenalmente al trabajador.
Esa es una verdad a medias, sobre todo cuando se refiere al salario base registrado ante el IMSS. Las prestaciones obligatorias (aguinaldo y prima vacacional) y algunas no obligatorias, pero fijas, (caja de ahorro, despensa, prima de antigüedad, entre otras) también forman parte del salario y son tomadas en cuenta por el Instituto para determinar la cotización del trabador al instituto y calcular el importe de la pensión de los trabajadores que perciben un salario fijo.
Para verificar que el salario cotizado sea correcto se requiere de hacer algunas operaciones aritméticas. Primero, es necesario conocer el salario diario y la parte diaria del aguinaldo y la prima vacacional. Una vez que se conocen las tres cantidades se suman.
Ejemplo: aguinaldo, salario nominal diario 100 pesos, 20 días de aguinaldo por año (365 días). La operación es: 100 X 20 entre 365 = 5.47 día de aguinaldo.
Prima vacacional: 20% de prima vacacional,10 días de vacaciones, salario nominal 100 pesos. La operación es la siguiente: 10 días x 20% de la prima = 2.00 entre 365 = .0054 x 100 del salario= .54 El salario integrado con las percepciones de ley es = 106. 01.
En caso de que el trabajador tenga otras percepciones fijas también se hará la misma operación. El departamento de recursos humanos de la empresa puede darle información al respecto.
En el caso del sueldo variable, es decir, el que perciben las personas que únicamente les pagan comisiones, la operación es diferente. Las comisiones obtenidas en el bimestre anterior se dividen entre 61 días y el resultado corresponde al salario variable de cotización.
Exigir a la empresa donde se labora cubrir, por los menos, las prestaciones de ley, permitirá que la pensión que se obtenga al jubilarnos sea mayor, especialmente en el caso de los llamados trabajadores en transición, que tiene la opción de jubilarse por la Ley de 1973.





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