Aprueban diputados "Ley Anti-halcón" con penas de 2 a 10 años de prisión

- Nov 22, 2011

>* Las sanciones podrían duplicarse en caso de que se utilicen a menores de edad en las actividades de espionaje y vigilancia

Con el voto unánime de 29 diputados, este martes el Congreso del Estado aprobó reformas y adiciones a diversos artículos del Código Penal para el Estado de Nayarit para establecer como delito la conducta de vigilancia, acechamiento o cualquier  otra actividad de espionaje sobre la ubicación, acciones u operativos de las fuerzas armadas o corporaciones policíacas en Nayarit.

La llamada "ley anti-halcón", fue promovida por la diputada priísta Joselyn Patricia Fernández Molina con la intención de adecuar el marco legal a las nuevas actividades de las organizaciones criminales  y fortalecer las acciones de las fuerzas de seguridad pública en la preservación de la integridad de los nayaritas.

"Esta inaceptable labor ilícita consiste, en términos generales, en vigilar las actividades relativas a personas o instituciones que puedan poner en peligro la estabilidad de la organización criminal", destacó la legisladora en la justificación de las reformas que propone.

Esta reforma al Código Penal establece el delito de "atentado contra la seguridad de la comunidad" y aplica como sanción la pena de prisión de uno a  seis años y multa de 200 a 400 días de salario para quien, sin causa justificada, posea o porte en su domicilio o en el vehículo donde se le encuentre o capture radios de intercomunicación para interceptar las transmisiones oficiales y que dichos aparatos sean utilizados con el propósito de colaboración o ayuda a una organización delictiva.

También incurren en el nuevo delito quienes porten identificaciones oficiales alteradas o falsas, así como prendas de vestir, insignias, distintivos o cualquier otro artículo que simule la apariencia de las utilizadas por las instituciones policiacas o militares sin estar facultado para ello, así como accesorio u objetos que se utilizan en los vehículos oficiales de las policías, refiriéndose a los llamados códigos de luces.

En los casos de vigilancia, asechamiento o cualquier otro acto tendiente a obtener información sobre la ubicación, actividades, operativos o en general las labores de  seguridad pública y de persecución del delito, se impondrá una pena de dos a diez años de prisión y multa de 200 a 400 días de salario.

Las penas a que se refiere esta reforma se aumentarán hasta en una mitad de la que corresponda por el delito cometido cuando para perpetrarlo se utilicen a menores de edad.

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