>México.- La Secretaría de Gobernación (Segob) rechazó el registro de 172 asociaciones religiosas en los últimos tres años, según información proporcionada a través de la Ley Federal de Transparencia, lo que implica que no tienen validez oficial ante el gobierno federal.
La dependencia les negó el registro por no cumplir con lo establecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
Las iglesias Matriz Cristiana Independiente Despierta México, Éxito Familiar Cancún, Cristiana de Las Lomas, Ministerios de Amor y Restauración, entre otras, fueron algunas de las organizaciones religiosas a las que Gobernación negó el registro.
Pese a la negativa de la dependencia federal, Éxito Familiar Cancún (http://www.exitofamiliar.com/) y la Iglesia Cristiana de Las Lomas (http://twitter.com/iclomas) siguen activas, de acuerdo con sus páginas de internet.
Algunas otras asociaciones a las que les fue rechazado su registro en 2009 son el Ministerio Cristiano Salem, Concilio Nacional El Nuevo Pacto, Junta Mensual en la Ciudad de México de la Sociedad Religiosa de los Amigos, Centro Cristiano Jesús Viene Pronto, Iglesia de Cristo, Mérida, Centro. Ministerio Cristiano Salem (http://www.ministeriosalem.com/) también continúa activa y tiene su sede en Cancún, Quintana Roo.
En 2010 fueron rechazadas Visión Vida, Iglesia Bautista Getzemani, Iglesia Bautista Emmanuel, Casa de Oración La Luz de Dios, Iglesia Bautista Cristo Viene. Visión Vida (http://visionvida.com.mx/), que se ubica en Sahuayo de Morelos, Michoacán, también sigue activa. En 2011, la Secretaría de Gobernación negó el registro a las asociaciones Los Pregoneros de Bendición, Padre de Amigo, Iglesia Bíblica Vida Nueva de Aguascalientes, Ags., Iglesia Bautista del Sur en Tijuana.
Fernando Báez Lira, investigador del Instituto de Ciencias Sociales y Humanidades de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP), dio a conocer recientemente que se ha incrementado el número de iglesias que operan sin contar con el registro ante la Secretaría de Gobernación.
Entre algunas de las condiciones que deben acreditar las asociaciones religiosas en la ley, están: haberse ocupado de la observancia, práctica, propagación o instrucción de una doctrina religiosa o de un cuerpo de creencias religiosas; haber realizado actividades religiosas en la República Mexicana por un mínimo de cinco años; que cuenten con notorio arraigo entre la población, además de haber establecido su domicilio en el país; aportar bienes suficientes para cumplir con su objeto y contar con estatutos propios.
Una de las atribuciones de la Dirección General de Asociaciones Religiosas está señalada en el artículo 24 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, que establece que se deben registrar las constituciones de asociaciones religiosas.
En días pasados, el titular de la Segob, Alejandro Poiré, celebró la reforma al artículo 24 constitucional que aprobó el jueves pasado la Cámara de Diputados, con la cual se amplía el derecho que tienen las personas de ejercer libremente su religión y a manifestar sus creencias.
El funcionario ordenó a las asociaciones el respeto estricto de la ley electoral en los comicios de 2012, y en particular les recordó la prohibición de realizar actos de proselitismo en favor de algún candidato o inducir al voto o a la abstención. Las leyes que deben cumplir las organizaciones religiosas que buscan registrarse en Gobernación son las siguientes: artículo 7 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, y artículo 8 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas.





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