>México.- Por unanimidad, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la validez de la elección de gobernador de Michoacán y la entrega de la constancia de mayoría al priísta Fausto Vallejo, quien podrá rendir protesta ante el Congreso local, este 15 de febrero.
De acuerdo con el proyecto de sentencia elaborado por el magistrado Flavio Galván Rivera, el asesinato de Ricardo Guzmán, alcalde panista de La Piedad y la publicación de un desplegado en el que se llamaba a no votar por el PAN no podían vincularse claramente con la elección.
Sin embargo, el magistrado aclaró que no desconocía los hechos de violencia.
"Sería una imprudencia de mi parte proponer que en Michoacán no existe violencia y menos después de escuchar al secretario de la Defensa al conmemorar la marcha de la lealtad... Pero, ¿cómo esta violencia pudo intervenir, afectar o influir en la elección de Michoacán? No hay elementos objetivos para saberlo. La inseguridad desafortunadamente ha hecho presa del territorio nacional", concluyó Galván Rivera.
El magistrado Constancio Carrasco aseguró que la secrecía del voto es un instrumento eficaz para que los votantes, a pesar de que puedan darse condiciones de violencia, puedan ejercer este derecho.
No obstante, reconoció que en algunas poblaciones pequeñas este fenómeno podría haber influido en el ánimo del votante.
Sin embargo, aclaró, eso no puede determinar que toda la elección de un estado se puso en riesgo.
Sobre la cinta magnetofónica donde un presunto miembro de la delincuencia organizada intentaba influir en el voto, Carrasco Daza consideró que no constituía una prueba idónea para acreditar la injerencia del crimen organizado en los comicios, sobre todo, porque se dio a conocer una semana después de la elección.
Sobre el asesinato del alcalde de La Piedad aseguró que por sí mismo no podía generar un clima de violencia generalizada y que tampoco podía afirmarse que este hecho tuviera como finalidad insertarse dentro del proceso electoral
"Me parece muy riesgosa una afirmación de ese calado", concluyó.
Sobre el desplegado en que se pedía no votar por el PAN -publicado en el periódico AM, el 12 de noviembre--, Constancio Carrasco consideró que dado que no tuvo autor identificable hacía complicado concluir que una organización criminal había ordenado publicarlo con la intención de inhibir el sufragio en los comicios.
Agregó que los denunciantes tampoco especificaron cuántos ciudadanos habían sido receptores del desplegado.
"No nos da el expediente cuántos ciudadanos de La Piedad o los municipios aledaños conocieron lo publicado por el periódico, cuántos receptores de esto. Para mí hay ausencia de elementos indispensables", concluyó.
Sobre la coacción del voto vía el envío de SMS, aseguró que el PAN nunca presentó pruebas de que realmente dichos mensajes se hubieran enviado.
Sobre la participación de Fausto Vallejo en eventos religiosos en la comunidad Nueva Jerusalén y la aseveración de un ministro de culto llamado "San Anselmo Obispo" en el sentido de que toda esa comunidad era priísta, el magistrado Pedro Esteban Penagos consideró que la expresión sí pudo influir en las preferencias electorales.
Sin embargo, aclaró, el reducido número de habitantes de la comunidad hacía imposible concluir que tal influencia indebida había sido determinante para alterar el resultado electoral.
No obstante, Penagos López aseguró que era procedente dar vista a la Secretaría de Gobernación, al IFE y al Instituto Electoral de Michoacán sobre la conducta del ministro de culto.
Lamentó la muerte del presidente municipal de La Piedad pero "ello no implica que este tipo de violencia haya sido generalizada en todo el estado", concluyó.





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