Sancionarán a servidores públicos que oculten información o la entreguen tarde

- Abr 20, 2012

>• Nuevas reformas en materia de transparencia obligan a autoridades y organismos autónomos a responder en 15 días solicitudes de información

Tepic.- Con las reformas a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nayarit, aprobadas por el pleno de la XXX legislatura y vigentes desde el primero de abril de 2012, “se obliga a los tres poderes del estado, a los veinte ayuntamientos y a los organismos autónomos, como son: la Universidad Autónoma de Nayarit, el Instituto Estatal Electoral, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, el Tribunal de Justicia Administrativa y el propio ITAI, a dar respuesta a las solicitudes de información en quince días hábiles como máximo”.

Así lo informó el Presidente del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información en Nayarit, (ITAI) José Luis Naya González, quien señaló que “con estas reformas se hace más eficiente la transparencia y el ejercicio del derecho de acceso a la información pública en beneficio de las personas”.

Además, agregó que “se estipulan sanciones para servidores públicos que no entreguen al ITAI o lo hagan de manera tardía, los informes estadísticos bimestrales y anuales que la norma aplicable les obliga, así como a quienes no presenten los informes documentados requeridos con motivo de algún recurso de revisión, o a quienes declaren la inexistencia de información con posterioridad a una resolución emitida por el Instituto y cuya materia haya sido objeto de condena. 

Otra de las obligaciones, informó Naya González, es que “los tres poderes del estado, los veinte ayuntamientos y los organismos autónomos deberán incluir en su estructura orgánica la Unidad de Enlace y, con ello, le sean otorgados los recursos necesarios para su operación; además y en caso de quedar vacante por cualquier motivo, deberán designar al responsable de esta Unidad e integrar el Comité de Información en un plazo no mayor a diez días hábiles.

Se integra a la estructura del ITAI, la Unidad de Monitoreo de Portales de Transparencia y se instaura la figura de la ratificación del Presidente del organismo por única ocasión, a partir de la designación que apruebe la Legislatura sobre la siguiente gestión institucional, es decir, una vez concluido el período del actual titular”, expuso el funcionario.

Por último, el también Coordinador de la Región Centro Occidente de la Conferencia Mexicana de Acceso a la Información Pública, dijo que “se adicionan a la Ley, disposiciones tendientes a normar el procedimiento y la ejecución de las resoluciones emitidas por el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Nayarit, dentro de los recursos de revisión, tales como la conexidad de la causa, la suspensión y la ampliación del recurso”.

 

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