>• El agresor tendrá que desocupar el domicilio conyugal y no podrá acercarse a la víctima ni a sus familiares y amigos
Tepic.- La Cámara de Diputados local realizará reformas y adecuaciones al Código Civil de Nayarit, con el propósito de proteger a las mujeres violentadas, otorgando atribuciones a los jueces y las juezas para que determinen órdenes de protección de emergencia contra los agresores.
Las órdenes de protección son de urgente aplicación y son fundamentalmente precautorias y cautelares: La desocupación por el agresor del domicilio conyugal o donde habite la víctima, independientemente de la acreditación de propiedad o posesión del inmueble, aún en los casos de arrendamiento del mismo, así como la prohibición al probable responsable de acercarse al domicilio, lugar de trabajo, de estudios, del domicilio de las y los ascendientes y descendientes o cualquier otro que frecuente a la víctima”, así lo establece la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en sus artículos 27 y 29.
Estas medidas precautorias y cautelares deberán otorgarse por la autoridad competente, inmediatamente que conozca actos que impliquen violencia contra las mujeres, además de garantizar el reingreso de la víctima al domicilio, una vez que se salvaguarde su seguridad y la de los menores, ya que actualmente se les deja en estado de incertidumbre al tener que solventar gastos de habitación y otros servicios.
El pasado 15 de enero, la Secretaría de Gobernación (Segob) a nivel federal, divulgó el decreto por el que se reforman los artículos 28 y 29 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, reduciendo así el lapso de expedición de órdenes de emergencia para proteger a las víctimas.
El Artículo 28 del documento, publicado ese día en el Diario Oficial de la Federación, detalla que las órdenes de protección de emergencia y preventivas tendrán una temporalidad no mayor de 72 horas y deberán expedirse dentro de las ocho horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generan.
En la anterior legislación, el tiempo para expedir órdenes de protección de emergencia; preventivas, y de naturaleza civil se consideraba dentro de las 24 horas siguientes al conocimiento de los hechos.
El decreto, que entró en vigor a partir del 16 de enero, añade que también se aplicará la prohibición inmediata al probable responsable de acercarse al domicilio, lugar de trabajo, de estudios, del domicilio de las y los ascendientes y descendientes o cualquier otro que frecuente la víctima.
En la anterior enmienda el tiempo para llevar a cabo dichas acciones no tenía carácter de inmediato.
En Nayarit, la iniciativa para reformar el Código de Procedimientos Civiles fue presentada por la diputada, Bertha Rodríguez Reynaga, Presidenta de la Comisión de Equidad, Género y Familia, el pasado 22 de noviembre del 2012; se espera su aprobación definitiva al dar inicio el segundo periodo ordinario de sesiones, el 18 de febrero de este año.





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