>Ciudad de México.- El domingo fueron los discursos y los aplausos por la reforma hacendaria y su énfasis en la seguridad social y la protección a la población de menores recursos.
Pero a partir de este lunes, cuando especialistas fiscales y empresarios –que se dicen los más perjudicados, porque la reforma desincentiva la inversión y la creación de empleos– empezaron a adentrarse en el análisis de los pormenores de la reforma, ya se levantan voces de rechazo que auguran un álgido debate público en torno de la propuesta fiscal del gobierno de Enrique Peña Nieto.
Durante el día, los dirigentes nacionales de prácticamente todas las organizaciones empresariales estuvieron en los medios de comunicación, en la radio sobre todo, y como una sola voz reprobaron la iniciativa.
“No es la reforma que esperábamos”. “Con mayor carga fiscal quién va a querer invertir en México”. “Está bien que se proteja a los más pobres. Es necesario. Pero es un error perjudicar al sector productivo, a los que invertimos, movemos la economía y creamos empleos”. “La reforma se carga sobre los que siempre pagan impuestos”
Esos fueron algunos de los reclamos en que coincidieron representantes empresariales.
Pero el debate apenas empieza, toda vez que no ha habido tiempo para el análisis profundo de la reforma hacendaria, cuyos textos apenas fueron liberados la noche del domingo, luego de la presentación oficial en Los Pinos.
Independientemente de que tengan o no razón los que se dicen afectados –entre ellos, las personas físicas con ingresos de 500 mil pesos anuales, o mensuales de 41 mil 666 pesos, que pagarán una tasa de 32% de ISR–, lo cierto es que la iniciativa de reforma fiscal no propone cambios a la actual Ley del Impuesto sobre la Renta, sino su sustitución por una nueva ley.
Y ésta, una vez que la iniciativa gubernamental propone la eliminación del Impuesto Empresarial a Tasa Única y el Impuesto a los Depósitos en Efectivo—, lo que hace es eliminar los hoyos, las lagunas y las vías de elusión fiscal que permitían pagar a las empresas tasas mínimas de ISR, y que con aquellos impuestos se trataba de frenar.
La exposición de motivos de la nueva ley es puntual: “La estructura del ISR vigente contiene diversos regímenes preferenciales y tratamientos de excepción que generan distorsiones, restan neutralidad, equidad y simplicidad, y generan espacios para la evasión y elusión fiscales derivando en una importante pérdida de recursos fiscales.”
También: “Los tratamientos preferenciales hacen complejo su control, lo cual se traduce en mayores costos de administración y fiscalización para la autoridad. Los regímenes especiales provocan opacidad respecto de los beneficiarios de las disposiciones fiscales, dando lugar a que en muchas ocasiones sean aprovechados por personas diferentes de la población objetivo.”
Con base en ello, la nueva ley establece medidas que, desde ahora, hacen gritar a los empresarios. De una revisión preliminar, sobresalen las siguientes:
-Se elimina la deducción inmediata de las inversiones de los bienes nuevos en activos fijos. La ley actual permite deducir al 100%, en el mismo año en que se haga ese tipo de inversión. Ahora la deducción deberá hacerse a través de los años de la vida útil del bien.
-Las empresas no podrán deducir de manera anticipada, como ahora, las aportaciones que realizan para la creación o incremento de las reservas destinadas a fondos de pensiones o jubilaciones, complementarias a las que establece la Ley del Seguro Social, así como de primas de antigüedad en los términos de la misma Ley. La nueva ley establece que dichas aportaciones deben deducirse en el momento en que la empresa realice una erogación real a favor de sus trabajadores.
-Una vez que desaparezca el Impuesto a los Depósitos en Efectivo, si se aprueba la iniciativa, de todas formas los bancos y demás instituciones financieras deberán informar a la autoridad recaudatoria (SAT), una vez al año, sobre los depósitos en efectivo que reciban los contribuyentes en cuentas abiertas a su nombre cuando el monto acumulado supere los 15 mil pesos mensuales.
-Los vales de despensa sólo serán deducibles cuando “se otorguen a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT, con lo cual se logrará un control de quién es el beneficiario efectivo de los vales y asegurarse que sea él quien los utilice. Con esta mecánica, se pretende evitar que los vales de despensa se utilicen indebidamente como un instrumento de cambio o de transacción comercial.
-Las empresas sólo podrán deducir 41% —y no el 100% vigente— de las remuneraciones exentas otorgadas al trabajador, como la previsión social, cajas y fondos de ahorro, pagos por separación, gratificación anual, horas extras, prima vacacional y dominical, participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) de las empresas, entre otros.
-Ya no serán deducibles las cuotas al IMSS a cargo de los trabajadores y que son pagadas por los patrones.
-La deducción en la compra de automóviles baja de los 175 mil pesos actuales a 130 mil pesos por unidad, sin IVA.
-La deducción por la renta de automóviles baja de los actuales 250 pesos diarios a 200 pesos.
-Se elimina la deducción del 12.5% en el consumo en restaurantes.
-Desaparece el régimen de sociedades cooperativas de producción, que se desvirtuó al grado de utilizarse para pagar un ISR muy bajo o no pagarlo.
-Las empresas que se dedican a la construcción y venta de desarrollos inmobiliarios ya no podrán deducir el costo de adquisición de sus terrenos en el ejercicio en que los adquieren. Tampoco podrán deducir las erogaciones estimadas relativas a los costos directos e indirectos de las obras realizadas o de la prestación del servicio.
-Las empresas mineras ya no podrán deducir en un solo ejercicio el total de los gastos que realicen por concepto de exploración y cuantificación de nuevos yacimientos en periodos preoperativos, sino sólo 10% por año.
-Los dividendos que las empresas pagan a sus dueños, ahora exentos, serán gravados con 10%.
La lista es enorme, de la que se seguirá informando, pero vale la pena apuntar el régimen propuesto para el sector agropecuario, que sin duda será uno de los más polémicos.
Actualmente, dice la exposición de motivos de la nueva ley del ISR, los contribuyentes del sector primario pagan una tasa de Impuesto Sobre la Renta menor en 30% a la que paga todo mundo; están exentos de pagar hasta 20 salarios mínimos al año, siempre y cuando sus ingresos no excedan las 20 veces el salario mínimo por año; las personas físicas del sector que tengan ingresos hasta por 40 salarios mínimos al año, están exentos del ISR, y pueden comprobar sus gastos sin comprobantes fiscales.
Y por si fuera poco, dice el documento, cuentan con los beneficios de los programas de gasto público directo en apoyo a sus actividades.
Sin embargo, dice la iniciativa, “con el tiempo se han detectado distorsiones y cuestionamientos de inequidad entre los contribuyentes del sector primario y del régimen general, tanto en el caso de personas morales como físicas.”
Por tanto, desaparece el trato preferencial, y los contribuyentes del sector primario pagarán como el resto: 30% de Impuesto Sobre la Renta.
Fotografía: Archivo





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