>Cobertura Especial.- Por resolución de la Sala Regional del TRIFE en Guadalajara, José Angel Castro Mata ha sido declarado diputado por representación proporcional, revocándose el acuerdo del tribunal electoral nayarita.
Por considerarlo de interés general, a continuación se reproduce el comunicado oficial del TRIFE, luego de la sesión de este jueves.
En una ceremonia formal e histórica la Sala ubicada en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, correspondiente a la Primera Circunscripción Electoral Federal, realizada el día de ayer a las 19 horas, donde estuvieron presentes el presidente de la Sala Regional Guadalajara, Magistrado José de Jesús Covarrubias Dueñas, el Magistrado Noé Corzo Corral y el Magistrado Jacinto Silva Rodríguez, ratificaron el compromiso del Tribunal de dar cumplimiento a las responsabilidades que le impone la ley, igualmente se señaló que la función del tribunal al resolver las contiendas electorales que se someten a su jurisdicción y competencia, debe realizarse acorde con los principios rectores de la materia electoral como son los de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad, consciente de que al garantizar la constitucionalidad de todos los actos en materia electoral.
En esta ocasión se desahogaron 10 Juicios de Revisión Constitucional y 2 Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, en la que sin lugar a dudas quedará en los anales de la historia por ser la primera Sala del Tribunal que en esta nueva era, realizó una sesión pública.
Los Magistrados declararon inoperante el juicio promovido por la coalición “Juntos por el bien de todos”, en contra del Tribunal Electoral del Estado de Nayarit, que confirmaba el cómputo de la elección de diputado por el principio de mayoría relativa del distrito 9 electoral del estado nayarita.
Para la coalición “Juntos por el bien de todos” la autoridad responsable no profundizó en el análisis de un video que aportó como prueba para asegurar que los miembros de la fórmula que fue declarada vencedora en la elección, registrada por el Partido Acción Nacional (PAN), realizaron actos anticipados de campaña.
El Magistrado Corzo en su proyecto de resolución declaró inoperantes los agravios presentados al confirmar que el Tribunal Electoral del Estado de Nayarit, valoró las pruebas, pero que fueron insuficientes para acreditar los acontecimientos expuestos por la coalición.
Respecto a la anulación de seis casillas que la misma coalición alegó, se declararon infundados e inoperantes todos los agravios en cinco de ellas y sólo en la casilla 383 básica se declarró fundado el agravio expuesto, anulando dicha casilla y como consecuencia se realizó la recomposición del cómputo distrital de la elección de diputado por el principio de mayoría en el distrito 9 del Estado de Nayarit, se confirmó la declaración de validez de la elección y la expedición de la constancia de mayoría a favor de candidatos del Partido Acción Nacional.
En el SG-JDC-2/2008, se revocó la sentencia del Tribunal Estatal del Estado de Nayarit, y se ordenó entregar la constancia de asignación respectiva, a favor del candidato del Partido del Trabajo José Ángel Castro Mata como diputado de representación proporcional por parte del Consejo Local Electoral del Estado de Nayarit.
En el análisis del juicio, se determinó que la Ley Electoral del Estado de Nayarit faculta a los partidos políticos para que determinen el orden definitivo de sus candidatos, registrados previamente, para ocupar un sitio en el Congreso local por el principio de representación proporcional, inclusive hasta antes de la expedición de la constancia de asignación por el Consejo Local Electoral del Instituto Electoral del Estado de Nayarit. Así mismo se detectó que no se realizó una sustitución de candidatos, sólo se cambió el orden de la lista en que deberían ser considerados los mismos.
Acto seguido, en el SG-JRC-3/2008 donde el actor Luis Alberto Cisneros Santos, candidato a regidor por el principio de representación proporcional por el municipio de Bahía de Banderas, manifestó que la resolución dictada por el el Tribunal Electoral del Estado de Nayarit, violó su derecho a ser votado, ya que la autoridad electoral no le entregó la constancia de asignación y validez, aun cuando fue registrado dentro del plazo legal, de esta forma, el pleno de la Sala Guadalajara reencauzó el juicio para que se turne como Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano.
En la jornada de anoche, también se resolvió el desechamiento del SG-JRC-2/2008 promovido por el partido Acción Nacional en contra de la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Nayarit, en la que se declara la validez de la elección de los diputados por el principio de mayoría relativa del distrito electora 13.
En su argumento el instituto político Acción Nacional pedía la anulación de la votación recibida en siete casillas, lo anterior según el promovente, a diversas irregularidades presentadas durante el proceso electoral. El proyecto a cargo del Magistrado Covarrubias fue estimada irrelevante dicha pretensión, ya que en la hipótesis de que se anularan las casillas impugnadas, no sería suficiente para modificar el resultado de la elección.
Siguiendo con la sesión, en lo que se refiere al SG-JRC-7/2008 promovido por el Partido Acción Nacional, en contra de la resolución dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Nayarit del 2 de agosto del presente año, en donde se confirmaron los resultados del acta de cómputo del 7 distrito del Estado citado, la declaración de validez de diputados por el principio de mayoría relativa y por el principio de representación proporcional, la Sala Guadalajara declaró inoperantes los agravios que presentó el PAN y se confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Nayarit.
El Juicio de Revisión Constitucional estudiado a fondo por el equipo de secretarios del magistrado Jacinto Silva Rodríguez estipuló insuficientes los agravios y se determinó la no anulación de la casilla básica 248.
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