>• Establece jurisprudencia
• Delitos cometidos por soldados contra civiles se juzgarán en tribunal federal
México.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia puso límites al fuero militar al resolver este jueves que los delitos cometidos por soldados en activo en los que esté implicado un civil, en calidad de cómplice o de víctima, son competencia de juzgados federales.
Aunque el fallo se emitió para un caso específico ocurrido en Morelos, el criterio deberá aplicarse a situaciones futuras.
En julio de 2011 la Corte aprobó la restricción al fuero militar derivada de una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) conocida como el caso Radilla. En esa ocasión no se podía establecer jurisprudencia, pues no se incluía el análisis de un caso, lo que sí sucede con este nuevo fallo.
Por siete votos contra tres, los ministros decidieron que sea el juez quinto de distrito de Morelos quien juzgue al coronel José Guadalupe Arias Agredano, acusado de encubrir la tortura y el homicidio del joven Jethro Ramsés Sánchez.
La Corte determinó que el militar cometió el ilícito que se le señala con motivo de sus funciones como integrante de las Fuerzas Armadas, sin importar que el día de los hechos se encontrara fuera de servicio y no portaba su uniforme, pues estaba activo dentro del Ejército.
Únicamente los ministros Margarita Luna y Sergio Aguirre Anguiano se pronunciaron por mantener el caso en la jurisdicción militar, debido a que el probable responsable es un integrante de las Fuerzas Armadas.
La Corte deberá resolver aún otro conflicto de competencias y 28 amparos sobre el fuero militar, de los que se desprenderán criterios para todos los tribunales.





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